El reporte vespertino del Comité de Emergencia Provincial informó en el reporte vespertino que hay cuatro (4) nuevos pacientes recuperados y que se descartaron 27 casos sospechosos en la provincia.
Además se notificó que no hay nuevos casos confirmados. De esta manera ya suman 28 los casos recuperados, 103 los confirmados y 5 son los fallecidos desde el inicio de la pandemia por coronavirus (Covid-19)
Al momento de este reporte, se informaron cuatro (4) nuevos casos recuperados de Coronavirus (COVID-19) de la provincia del Neuquén.
Se trata de un hombre de 42 años y una mujer de 30, ambos oriundos de la localidad de Plottier, y de dos hombres de 33 y 50 años, oriundos de Neuquén capital.
Además, se descartaron veintisiete (27) casos sospechosos de la provincia del Neuquén. No se confirmaron nuevos casos. Desde el inicio del seguimiento epidemiológico de Coronavirus (COVID-19) en nuestra provincia, a la fecha se registraron:
Por otra parte, cabe aclarar que las personas fallecidas con resultado confirmatorio para COVID-19, son descontadas de la columna de confirmados.
A partir del 16/04/2020, el Ministerio de Salud del Neuquén ha actualizado la definición de caso sospechoso. Los cuatro criterios de caso sospechoso se clasifican en dos grupos: con nexo epidemiológico (criterio 1) y sin nexo epidemiológico (criterios 2, 3 y 4).
• Criterio 1:
Toda persona que presente:
A. Temperatura corporal de 37,5° o más y Uno o más de los siguientes síntomas: tos; odinofagia (dolor de garganta);
dificultad respiratoria; anosmia (pérdida del olfato) y disgeusia (alteración
en la percepción de los sabores).
B. Con nexo epidemiológico en los últimos 14 días:
. Contacto estrecho de un caso confirmado de COVID-19, o
. Antecedente de viaje al exterior
. Antecedente de viaje a áreas de transmisión comunitaria (CABA,
provincias de Buenos Aires, Córdoba, Santa Fe, Chaco y Tierra del
Fuego).
. Antecedentes de haber visitado ciudades con transmisión local
Provincia del Neuquén: Loncopué (en conglomerado).
Provincia de Río Negro: Bariloche, Choele Choel, Cipolletti y Catriel.
Sin otra etiología que explique completamente la presentación clínica.
NOTA: Estas son las localidades incluidas en la definición al día de la
fecha (20/04/2020) y responden a la modificación de la definición de caso
sospechoso de Río Negro del 20 de abril, donde especifica las ciudades
con transmisión local. Se recuerda que todas las áreas y localidades continuarán monitorizadas y actualizadas en la definición de caso sospechoso en función de la evolución de la situación epidemiológica.Asimismo, se aclara que no se solicitará aislamiento social, preventivo y obligatorio para aquellas personas que hayan visitado las localidades de Loncopué, Bariloche, Choele Choel, Cipolletti y Catriel. Solo se tendrá en cuenta como antecedente epidemiológico en los últimos 14 días y si la persona comenzara con sintomatología compatible, se considerará caso sospechoso y se actuará según protocolo vigente.
• Criterio 2:
Todo paciente con diagnóstico clínico y radiológico de neumonía (ambulatoria o con criterio de internación). Sin tener en cuenta el nexo epidemiológico.
• Criterio 3:
Todo paciente que presente anosmia (pérdida del olfato) o disgeusia (alteración en la percepción de los sabores), de reciente aparición y sin otra etiología definida y sin otros signos o síntomas. Sin tener en cuenta el nexo epidemiológico.
NOTA: Ante la presencia de alguno de éstos como único síntoma, se indicará aislamiento durante 72 hs, indicando muestra para diagnóstico por PCR, al tercer día de iniciado síntomas.
• Criterio 4:
Todo personal de salud, defensa civil, bomberos, fuerzas de seguridad, fuerzas armadas y cuidadores de adultos mayores, que presente fiebre o dos o más de los siguientes síntomas tos; odinofagia (dolor de garganta); dificultad respiratoria; anosmia (pérdida del olfato) y disgeusia (alteración en la percepción de los sabores). Sin tener en cuenta nexo epidemiológico.
Es importante recordar que la Ley 2611, en su artículo 4°, inciso K, señala: “Los pacientes tienen derecho a la intimidad y confidencialidad de los datos. En correspondencia con este derecho el servidor público debe indefectiblemente guardar y preservar el secreto profesional”.