Intiman al Municipio a garantizar el control tributario

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La concejal de San Martín de los Andes, María Sol Petagna del bloque PRO Neuquén, envió esta mañana una nota formal al intendente Carlos Saloniti y al secretario de Hacienda, Matías Fernández Consoli, en la que exige el cumplimiento estricto del Régimen Tributario Municipal.

La solicitud se fundamenta en una auditoría reciente que detectó “inconsistencias notorias” en las Declaraciones Juradas Anuales 2024 presentadas por más de 1.250 licencias comerciales.

«Según lo detallado en el documento, en muchos casos los ingresos declarados no serían compatibles con la viabilidad económica de las actividades comerciales. Además, de un total de más de 1.700 licencias activas, unas 500 no presentaron la documentación correspondiente en tiempo y forma».

Exigen cruce de datos y mejoras en los servicios

La concejal solicitó al Ejecutivo local el cruce de datos entre las declaraciones presentadas a nivel municipal y aquellas informadas ante Rentas de la Provincia, a fin de detectar omisiones o sub declaraciones. Asimismo, pidió que se inicie el proceso de determinación de oficio en los casos en que las inconsistencias sean evidentes, tal como lo establece el Código Tributario Municipal en sus artículos 35º y 36º.

Finalmente, Petagna reclamó una mejora en la prestación de los servicios públicos, especialmente en zonas comerciales, en reconocimiento al esfuerzo de los contribuyentes que cumplen sus obligaciones. “Exigir cumplimiento debe ir acompañado de una contraprestación justa”, concluyó.

Nota enviada por la concejal:

Al Intendente Munlclpal
Dr. Carlos Salonltl
C/C
Presidente del Concejo Deliberante
Dra. Natalla Vita
Secretaría de Hacienda y Economía
Sr. Mafias Femandez Consoll
Subsecretaría de Ingresos Públicos
Dirección de Rentas: Departamento Fiscal de Recursos Tributarios


Por la presente, en mi carácter de concejal de la ciudad de San Martín de los Andes, me dirijo al Departamento Ejecutivo Municipal y, en particular, a la Subsecretaría de Ingresos Públicos, a cargo del Secretario de Economía y Hacienda, Sr. Metías Fernandez Consoli, con el fin de intimar al estricto cumplimiento de las funciones establecidas en el Régimen Tributario Municipal, con especial atención a las Áreas de Dirección de Rentas y Departamento Fiscal de Recursos Tributarios.


Esta solicitud se fundamenta en el resultado de una auditoría realizada sobre un pedido de informe sobre las Declaraciones Juradas Anuales 2024 presentadas en el corriente año por más de 1.250 licencias comerciales, de la cual surgen inconsistencias notorias en los ingresos declarados por un grupo de contribuyentes, que en muchos casos resultan presuntamente incompatibles con la viabilidad de sus actividades comerciales.
Cabe aclarar que de las más de 1 .700 licencias comerciales faltó información de alrededor de 500 licencias, estimo que el motivo se debe a que aún los contribuyentes no han cumplido con su deber, en tiempo y forma, de la presentación.
Estas irregularidades plantean serias dudas respecto a la veracidad de la información presentada y exigen una intervención inmediata por parte de los organismos responsables.
La Dirección de Rentas tiene la responsabilidad legal de aplicar el Régimen Tributario Municipal, promover lo fiscalización activa y garantizar una correcta percepción de los tributos, actuando con respaldo jurídico tanto para la admtn1strac1ón como para el admtn1strado.
8 Departamento Fiscal de Recursos Tributarlos debe cumplir de forma estricta con el Art. 15º det Código Tributario Municipal -CAPITULO 111 – DEBERES Y ATRIBUCIONES DEL ORGANISMO FISCAL Anexo I de la Ordenanza Nº 7 510/2007 – mediante acciones masivas e individuales de verificación, fiscalización y control de los contribuyentes.

Solicito el cruce de datos con las Declaraciones Juradas presentadas en organismo recaudador de Rentas de la Provincia de Neuquén presentada por los contribuyentes y entre aquellas informadas en el ámbito municipal, a fin de detectar omisiones o subdeclaraciones.
En los casos donde las inconsistencias sean evidentes o las declaraciones resulten impugnables, se exige que el Municipio inicie el procedimiento de determinación de oficio, tal como lo habilitan:

  • Art. 35º del Código Tributario Municipal: por omisión, impugnabilidad o prescjndencia de
    la DJ como base.
  • Art. 36º: sobre base cierta o presunta, según disponibilidad de elementos. (Modificado
    por Ordenanza 8225/09}.
    Es necesario remarcar que la presentación de información falsa o subdeclarada por parte de algunos contribuyentes genera una grave desigualdad respecto de quienes cumplen con honestidad sus obligaciones fiscales. Esta distorsión no solo afecta la recaudación, sino que desalienta el cumplimiento voluntario, castiga al que cumple y refuerza conductas elusivas que deterioran el sistema tributario local.
    En ese sentido, solicito también al Departamento Ejecutivo que mejore la prestación de los servicios públicos generales, especialmente en las zonas comerciales de la localidad, ya que los comerciantes que pagan sus tasas con responsabilidad merecen condiciones acordes y servicios adecuados. Exigir cumplimiento debe Ir acompañado de una contraprestación Justa, que honre el compromiso de los contribuyentes cumplidores.

  • Por todo lo expuesto, se intima a las autoridades competentes a actuar con celeridad, firmeza y transparencia, activando los mecanismos legales vigentes, en resguardo del principio de legalidad, la equidad fiscal y la calidad de los servicios municipales.
    Sin otro particular, quedo a la espera de una respuesta fundada y en plazo razonable.
  • Saludo atentamente a Ud.
  • Maria Sol Petagna