Por ley, prohibirán el ingreso de deudores alimentarios a espectáculos

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De esta manera, se restringirá el acceso a eventos masivos, deportivos, culturales, de entretenimiento y fiestas populares a toda persona registrada.

La Legislatura provincial aprobó en general y por unanimidad, la ley que prohíbe el ingreso a espectáculos de carácter pago a las personas inscriptas en los registros provinciales de deudores alimentarios morosos y de violencia familiar o de género.

En caso de incumplimiento, prevé sanciones tanto para los organizadores como para los asistentes. Sobre estos últimos recaerá una multa progresiva de hasta 10 JUS, graduada según la gravedad y reiteración del incumplimiento, mientras que a los organizadores se les aplicará una multa de entre el 2% y 10% de la recaudación total del evento, también progresiva y graduada según la gravedad y reiteración del incumplimiento. Incluso se prevé una eventual suspensión temporal para organizar futuros eventos.

En tanto, los fondos recaudados por las multas se destinarán a campañas de concientización sobre la responsabilidad parental y el cumplimiento de la cuota alimentaria, y sobre la erradicación de la violencia de género.

El impulsor de la iniciativa, Francisco Lepore (Avanzar), sostuvo que la medida es de sentido común y oportuna, dado que la provincia no cuenta con legislación en la materia.

Asimismo, destacó que los registros provinciales —tanto de deudores alimentarios como de violencia familiar y de género— fueron creados por ley y funcionan bajo decisión judicial: la incorporación o exclusión de una persona depende de una resolución dictada por jueces o juezas tras un proceso de debido derecho.

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